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Calendario de evaluaciones 2022/2023 

Calendario de exámenes Segunda convocatoria / Julio 2023 (pendiente de publicación)

1. Las actividades académicas del curso 2022-2023, para las Enseñanzas Artísticas Superiores se iniciarán el día 21 de septiembre de 2022 y finalizarán el día 14 de julio de 2023.

2. Los períodos de vacaciones del curso 2022-2023 serán los siguientes:
Vacaciones de Navidad: desde el 23 de diciembre de 2022 al 6 de enero de 2023, ambos incluidos. Vacaciones de Pascua: desde el 6 al 17 de abril de 2023, ambos incluidos.

3. Serán festivos y no lectivos, los días siguientes:

• 12 de octubre, Día Nacional de España
• 1 de noviembre, Fiesta de Todos los Santos
• 6 de diciembre, Día de la Constitución
• 8 de diciembre, Día de la Inmaculada
• Aquellos días fijados por el Consejo Escolar Municipal

4. El curso académico se organiza en dos semestres:

–  Las actividades académicas lectivas del primer semestre se iniciarán el día 21 de septiembre de 2022 y finalizarán el día 17 de enero de 2023, ambos incluidos.
– Las actividades académicas lectivas del segundo semestre se iniciarán el día 1 de febrero de 2023 y finalizarán el día 26 de mayo de 2023, ambos incluidos.

5. Periodo de exámenes

El período de exámenes para la convocatoria ordinaria será:
– Primer semestre, del 18  al 31 de enero de 2023, ambos incluidos.
– Segundo semestre, del 29 de mayo al 9 de junio de 2023, ambos incluidos.

El período de exámenes para las convocatorias extraordinarias, del primer y segundo semestre, será del 12 de junio al 14 de julio de 2023.

Aquellas asignaturas que por su naturaleza hayan sido organizadas de forma anual realizarán la evaluación tal y como se determine en su Guía Docente pudiendo hacerse en una única evaluación al año. En este caso, la convocatoria ordinaria del examen tendrá lugar durante el período fijado para la convocatoria del segundo semestre, esto es, del 29 de mayo al 9 de junio de 2023, ambos incluidos.

Para las asignaturas que sean organizadas de forma anual, en vez de semestral, el período de exámenes establecido para la convocatoria ordinaria del primer semestre, comprendido entre los días 18 al 31 de enero, tendrá el carácter de lectivo.

El periodo de exámenes para el trabajo fin de título, convocatoria ordinaria y extraordinaria, será del 12 de junio al 14 de julio de 2023, ambos incluidos. Además, para el alumnado de segunda matrícula y posteriores en el trabajo fin de título, también podrá realizarse una convocatoria ordinaria del 30 de enero al 3 de febrero de 2023, ambos incluidos, y una extraordinaria del 12 de junio al 14 de julio de 2023, ambos incluidos.

Calendario administrativo

HORARIOS PROVISIONALES 2022/2023

Orden de matrícula 2022/2023 alumnado de 4º, 3º y 2º curso (MODIFICADO)        Link de matrícula

Orden de matrícula 2022/2023 alumnado de prueba de acceso.     Link de matrícula

 

INSTRUCCIONES MATRÍCULA 2022/2023 CSMV

Procedimiento de matriculación

La matrícula del alumnado se realizará desde las 9:00 horas del día 18 de julio de 2022 hasta las 23:59 horas del día 22 de julio de 2022. Los días 18, 19 y 20 de julio se matriculará el alumnado de cuarto, tercero y segundo curso y, los días 21 y 22 de julio, realizará la matrícula el alumnado que haya superado la prueba específica de acceso y que haya sido seleccionado de acuerdo con las vacantes ofertadas por el centro. Se entenderá que todo aquel alumnado que no formalice la matrícula antes de las 23:59 horas del día 22 de julio, renuncia a su plaza. A partir del día 26 de julio se procederá a llamar al alumnado de la lista de espera, en aquellas especialidades en las que haya quedado alguna plaza vacante.

El día 15 de julio se especificará el día y la hora exacta en el que cada alumno o alumna deberá realizar su matrícula. También, el día 15 de julio se publicarán los horarios provisionales de las asignaturas para el curso académico 2022/2023.

El orden de matrícula para el alumnado ya matriculado en el centro se realizará teniendo en cuenta la fórmula  publicada en el punto 14 del artículo primero de la Resolución de 14 de septiembre de 2021 de la Dirección del ISEACV. Para el alumnado de nuevo ingreso se tendrá en cuenta la nota final obtenida en la prueba específica de acceso.

Otras consideraciones importantes

  • La matrícula a tiempo parcial será de 18 a 36 créditos. La matrícula completa será de 37 hasta 72. El máximo de créditos del que se puede matricular un alumno es de 72 créditos.
  • El alumnado que haya agotado cuatro convocatorias de alguna asignatura podrá solicitar una única convocatoria extraordinaria a la Dirección del Centro del 11 al 14 de julio de 2022.
  • En las asignaturas Instrumento Principal/ Canto y Dirección de orquesta, el alumnado deberá matricularse con el profesorado que le impartía dicha asignatura el curso anterior. Únicamente el alumno o alumna podrá realizar cambio de profesor si previamente lo ha solicitado, en fecha y forma, y ha sido autorizado por la Dirección de Estudios.
  • El alumnado que vaya a realizar una movilidad ERASMUS de curso entero deberá seleccionar el estado ERASMUS OUT en cada asignatura de su matrícula sin necesidad de escoger turno y profesor.
  • El alumnado que esté realizando dos especialidades, podrá optar entre:

1) Cursar las dos especialidades a tiempo parcial o

2) una a tiempo completo y otra a tiempo parcial.

En ningún caso se podrá matricular de más de 72 créditos.

Dicho alumnado se matriculará solo una vez en las asignaturas que sean comunes en ambas especialidades y, una vez aprobadas dichas asignaturas, deberá solicitar el reconocimiento de dichos créditos en la otra especialidad.

  • Se deberá realizar la matrícula de, al menos, 18 créditos. Solamente podrá realizar una matrícula de un número inferior de créditos el alumnado de cuarto curso que necesite un número menor para obtener la titulación correspondiente a estos estudios.

TRASLADOS DE EXPEDIENTE

Durante el mes de julio podrán presentarse las solicitudes de traslado de expediente de estudiantes que cursan estudios de enseñanzas artísticas superiores a centros de la Comunitat Valenciana. Para poder solicitar traslado de expediente debe haberse superado el primer curso completo y no haber agotado las cuatro convocatorias en ninguna asignatura en el centro de procedencia, así como haber superado al menos 12 créditos ECTS al término de cada curso académico. La dirección del centro concederá el traslado de expediente en función de las plazas disponibles, una vez finalizadas las pruebas específicas de acceso y realizadas las admisiones de reingreso.

Para superar cada asignatura, los y las estudiantes disponen de un máximo de cuatro convocatorias. La condición de no presentado en el acta sí consume convocatoria.
La directora  del centro podrá autorizar, a petición del estudiante, con carácter excepcional y por causas objetivas debidamente justificadas, como por ejemplo enfermedad grave o cualquier otra causa de fuerza mayor, la renuncia a una convocatoria por curso académico.
Los interesados rellenarán el formulario del 22 al 24 de mayo de 2023. La dirección del centro resolverá y lo notificará a los interesados.   Acceso formulario de Renuncia

Una vez consumidas las cuatro convocatorias, se podrá solicitar una convocatoria extraordinaria a la dirección del centro, con carácter excepcional y por causas objetivas debidamente justificadas, tales como enfermedad grave o cualquier otra causa de fuerza mayor. En caso de resolución negativa, se podrá recurrir en alzada ante la dirección del ISEACV. El plazo de solicitudes será desde el 17 al 19 de julio de 2023, ambos inclusive.   Acceso solicitud Convocatoria extraordinaria

La mención de «Matrícula de Honor» podrá ser otorgada a quienes hayan obtenido una calificación igual o superior a 9,0. Su número no podrá exceder del cinco por ciento de las personas matriculadas en una asignatura en el correspondiente curso académico, salvo que el número de estudiantes sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola «matrícula de honor».

RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES

Para las reclamaciones de notas que se produzcan en los estudios artísticos superiores se procederá del siguiente modo: Si una vez efectuada por el/la profesor/a las aclaraciones solicitadas a la vista de las pruebas y demás medios que le sirvieron como elementos de juicio para calificar, se mantiene la reclamación, esta se presentará mediante escrito motivado dirigido al/la director/a del centro dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que la calificación fue notificada públicamente. El/la director/a emitirá –y notificará– dictamen en el plazo de cinco días desde la recepción de la reclamación, a la vista del informe redactado por una comisión que convocará a tal efecto. Dicha comisión estará integrada por el/la jefe/a de estudios (o la persona en quien delegue); el/la jefe/a del departamento del área de conocimiento al que pertenece la asignatura cuya nota es objeto de reclamación; y un/a profesor/a que imparta la asignatura o, en su caso, el/la jefe/a del departamento de la especialidad a la que pertenece dicha asignatura o, en su caso, un/a profesor/a del departamento de la especialidad a la que pertenece dicha asignatura. Contra la resolución del director/a se podrá interponer recurso de alzada ante la dirección del ISEACV en el plazo de un mes a contar desde la resolución denegatoria.

CAMBIO DE PROFESOR

Todo el alumnado que desee solicitar un cambio de profesor deberá rellenar el formulario establecido entre el 28 y el 30 de junio de 2023. A partir del 1 de julio y antes del periodo de matriculación se notificará al alumnado si su solicitud de cambio de profesor ha sido aceptada. Acceso al formulario de cambio de profesor

EN CONSTRUCCIÓN

1. Procedimiento y normativa. El alumnado que haya cursado otros estudios oficiales podrá solicitar reconocimiento de créditos de las asignaturas de las que está matriculado de conformidad con lo determinado en el DECRETO 69/2011, de 3 de junio, del Consell, por el que se regula el reconocimiento y transferencia de créditos para las enseñanzas artísticas superiores. Dentro de su proceso de matriculación telemática, el alumno deberá seleccionar la opción reconocimiento de créditos y seguir las instrucciones indicadas de inicio de curso del ISEACV.

2. Plazos. A los efectos de lo que establece el artículo 13 de la mencionada norma, el alumno/a tendrá que solicitar el reconocimiento y transferencia de créditos el día en que realice la matrícula, presentando la correspondiente documentación acreditativa en la secretaría del centro donde se encuentre matriculado/da hasta el día 30 de septiembre de cada curso académico. No se tienen que abonar las tasas de los créditos de los cuales se solicita reconocimiento exceptuando los ECTS cursados en sistemas educativos extranjeros y en centros de titularidad privada.

Una vez resuelto el expediente de reconocimiento de créditos, las asignaturas reconocidas pasarán a formar parte del expediente académico del alumnado y las asignaturas de las cuales se haya denegado el reconocimiento podrán ser matriculadas en la secretaría del centro hasta el 29 de octubre de cada curso académico, siempre que el número de créditos total de la matrícula de cada estudiante no supere los 72 créditos ECTS.

Tabla de equivalencia LOGSE – LOE
Positivas
Negativas
Normativa (DECRETO 69/2011, de 3 de junio, del Consell, por el que se regula el reconocimiento y la transferencia de créditos para las enseñanzas artísticas superiores. [2011/6526]

La dirección del centro podrá solicitar a la dirección del ISEACV, con anterioridad al 29 de octubre de 2021, autorización a la propuesta con la oferta de actividades culturales, artísticas y/o de representación estudiantil, referidas en el punto 3 del artículo 4 del citado Decreto 69/2011, de 3 de junio, del Consell, que podrán realizar los y las estudiantes del centro para obtener reconocimiento de un máximo de seis créditos como optativos. Dicha solicitud irá acompañada del correspondiente informe y/o guía docente para cada una de las actividades propuestas, que serán incluidos en el punto 7 de la Programación general anual.

ACTIVIDADES DE CENTRO CURSO 2021-2022

Los estudios de Grado en enseñanzas de Música y Artes Artísticas, constan de 240 créditos ECTS, distribuidos en 4 cursos académicos. Las enseñanzas se imparten en modalidad presencial.

Las matrículas se consideran provisionales hasta la fecha que indique la resolución de inicio de curso, siendo esta aproximadamente a finales de octubre. A partir de esta fecha no se realizarán cambios en la matrícula. Anulaciones de matrícula posteriores a esta fecha no darán, en ningún caso, derecho a la devolución de las tasas públicas.

Una persona no podrá estar matriculada simultáneamente en dos centros de la Comunitat Valenciana, tanto públicos como privados autorizados, para cursar una misma especialidad.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2011, de 6 de mayo, el alumnado podrá matricularse de un máximo de 72 créditos ECTS como cómputo global de créditos matriculados, sumando todos los expedientes en los que se encuentre matriculado en un mismo o distinto centro de la Comunitat Valenciana. Si el alumnado se matricula de más de 72 créditos ECTS como resultado de la suma de créditos de todos sus expedientes sin advertir de esta circunstancia se procederá a la anulación de sus matrículas. El mínimo en la matrícula de una especialidad será de 18 créditos ECTS, salvo que al estudiante le quedan menos créditos para poder finalizar la titulación de una especialidad.

El alumnado con matrícula condicionada a una beca que no se le haya concedido la misma, o que no haya recibido contestación a su solicitud o reclamación de beca, quedará bloqueado y desvinculado del centro en caso de no presentar la documentación necesaria o abonar las tasas correspondientes antes de la fecha publicada en la resolución de inicio de curso, siendo esta aproximandamente a mediados del mes de marzo.

El alumnado becado estará obligado a aportar la credencial de obtención de beca en la secretaría del centro en el momento que le sea notificada. La bonificación de persona becaria se aplica a la matrícula solo por el importe de los créditos ECTS matriculados, siempre que no sean de segunda matrícula. Las tasas administrativas siempre deben ser abonadas. El resto de bonificaciones estipuladas por la normativa vigente (familia numerosa, monoparental,…) se aplican a todas las tasas.

Se deberá cumplir con el  requisito de superar un mínimo de 12 créditos ECTS establecido en el Decreto 48/2011, de 6 de mayo a todo el alumnado matriculado en el centro, con independencia del curso. Si no cumplen este requisito, no podrán matricularse en la misma titulación hasta que pasen dos años académicos. A efectos de lo establecido en este apartado, el alumnado matriculado a tiempo parcial habrán de aprobar al menos 6 créditos ECTS por curso. No contabilizarán como créditos aprobados los que hayan sido reconocidos.

Quedan exentas de las limitaciones anteriores aquellas personas que justifiquen circunstancias de fuerza mayor que puedan haber influido en su rendimiento académico o por circunstancias de tipo socioeconómico. Será competencia del director/a del centro la decisión sobre cada caso. También quedan exentas de estas limitaciones aquellas personas matriculadas del trabajo fin de grado o trabajo fin de máster como única asignatura para finalizar su titulación.

ABANDONO DE LOS ESTUDIOS

Cuando un alumno o una alumna deje de asistir sin justificación a todas las asignaturas de las que se haya matriculado durante un período continuado equivalente a un tercio del curso escolar se considerará abandono escolar por parte del alumno/a. En este caso perderá la condición de alumno/a, quedando desvinculado/a de los estudios en los términos que se especifican en el punto 5, del artículo 14 del Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores. Según la tipología del centro podrá ofrecerse esta vacante si hay lista de espera, siempre que en el momento que se determine el abandono permita al/a la nuevo/a estudiante el aprovechamiento eficaz de los estudios. Para las personas que estén en este supuesto se considerará que su situación administrativa es la que tenían previamente a la matriculación en este curso.

Tal como se establece en el punto 5 del artículo 14 del Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores los estudiantes y las estudiantes que hayan sido desvinculados, por cualquier causa (faltas de asistencia, impago, renuncia de matrícula, no superar el mínimo de créditos por curso, anulación de matrícula…), por primera vez de los estudios que conducen al título no podrán incorporarse en los estudios en el curso siguiente al que se produzca la desvinculación y podrán pedir el reingreso en la titulación después de dos cursos desvinculados de esta. Durante el mes de junio se podrá presentar solicitud de reingreso, y la dirección del centro concederá la readmisión en función de las plazas disponibles una vez finalizadas las pruebas específicas de acceso y en el caso de no tener tasas pendientes de abono. Un nuevo incumplimiento de las condiciones de permanencia supondrá la desvinculación definitiva de la titulación.